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Auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid desestimando la oposición de HCC Europe

El Juzgado de Primera Instancia número 57 de Madrid en el día de hoy ha dictado nuevo Auto desestimando los motivos de oposición planteados por HCC Europe en su escrito de oposición a la ejecución presentada por este despacho en nombre de una cooperativista de Parque Príncipe Murcia, condenando a HCC Europe a devolver a la cooperativista el importe garantizado más los intereses legales devengados desde que el mismo se abonó. En este caso el Juzgado entiende que los motivos alegados por la entidad aseguradora HCC Europe en su escrito de oposición no son los contemplados en la Ley de Enjuiciamiento Civil y, por tanto, ni tan siquiera entra a resolver sobre los mismos. El único de los motivos que resuelve es el referido a la pluspetición que la entidad HCC Europe siempre alega en sus escritos de oposición y respecto del mismo señala que “La devolución garantizada comprenderá las cantidades entregadas más los intereses legales del dinero vigentes hasta el momento en que se haga efectiva la devolución”.

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