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retrasos en la entrega de la vivienda

Cómo reclamar por los defectos de construcción

Muchas veces entre nuestros clientes surgen dudas acerca de los defectos en la construcción y los retrasos en la entrega de la vivienda. Dudas que hay que solventar de la mano de un abogado especialista en la materia para presentar, si procede, las reclamaciones correspondientes y hacerlo en tiempo y forma atendiendo a la legislación actual.

En este post queremos centrarnos en los vicios o defectos en la construcción de inmuebles. Estos problemas pueden afectar tanto a personas individuales como a comunidades de propietarios En la mayoría de los casos, el conflicto con el promotor de la obra acaba en juicio. Por eso es clave conocer cómo y cuándo proceder cuando se detectan defectos en la construcción de viviendas o locales.

Defectos de la construcción en viviendas, locales o naves

Lo primero es anotar todas las irregularidades que se encuentran en la vivienda, local o nave. Antes de elaborar el inventario con los defectos detectados es esencial hablar con los vecinos de la comunidad de propietarios para verificar si los desperfectos les afectan también a ellos. El inventario de desperfectos se debe remitir a la promotora o constructora procurando que quede constancia de esta notificación. Es recomendable que esta incluya el dictamen de algún perito (arquitecto, aparejador o ingeniero industrial).

En Lamana Abogados te recordamos que hay que señalar de forma clara los defectos detectados, su origen, el responsable y una propuesta de resolución. También puedes realizar esta notificación a través de nosotros en calidad de abogados. Esto es lo más recomendable, ya que podremos asesorarte desde el primer momento y a lo largo de todo el proceso.

El inventario de desperfectos ha de venir acompañado de un dictamen pericial, determinando el alcance, su causa y una propuesta de solución. Al notificar los daños, se da opción al promotor o constructor para que los repare o abone la reparación. Si no lo hace, habrá que trazar una estrategia procesal acorde a la situación. Eso sí, si te corre prisa y acabas por acometes las reparaciones por tu cuenta, has de documentarlas para aportarlas como pruebas posteriormente en sede judicial.

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