Single Blog Title

This is a single blog caption

¿Qué hacer cuando no te dan a tiempo las llaves de tu vivienda?

Los retrasos en la entrega de la vivienda son más habituales de lo que desearíamos. Por eso es bueno estar preparado, y saber qué hacer en caso de que no te den las llaves de tu casa en la fecha que habías acordado. Porque sí, es posible que tengas derecho a la devolución del importe entregado más los intereses.

Ahora bien, cómo saber si éste es tu caso… Pues no te queda más remedio que acudir a un profesional, e informarte.

Lo primero que tienes que saber es que el retraso y sus consecuencias dependerán, fundamentalmente, de lo estipulado en el contrato que firmaste por la compra anticipada de tu casa. Y, por tanto, no sólo de si los plazos han sido incumplidos por una de las partes, sino en qué medida.

En ese sentido, el grado en que se ha producido el incumplimiento es clave para saber si podemos reclamar la cantidad que entregamos en un inicio más los intereses devengados, o si tenemos derecho, por ejemplo, a suscribir un nuevo compromiso de aplazamiento.

Además, antes de realizar una reclamación es muy habitual que el comprador deba exigir previamente a la contraparte el cumplimiento estricto de lo acordado. Por eso es bueno no dejarse llevar por la precipitación, y actuar con conocimiento de causa, para estar verdaderamente protegidos por la Ley.

¿Cuál es la Ley que te protege?

Pues lo más habitual es que nuestro contrato se rija por la Ley 57/68 Reguladora de las Percepciones de Cantidades Anticipadas en la Construcción. Pero para que se haga efectiva es importante seguir los pasos adecuados.  

Primero, ponte en contacto con nuestros profesionales de Lamana Abogados, pues son ellos no sólo quienes conocen la Ley al dedillo, sino quienes tienen experiencia a la hora de realizar una reclamación, y quienes te informarán sobre las posibilidades que tienes en tu caso concreto.  

Una vez que conozcas cuáles son tus opciones, decide qué te conviene más.

Y si optas por una reclamación de las cantidades que entregaste a la promotora o a la cooperativa que se encargaba de tu vivienda, así como por la extinción del contrato, no lo dudes, ¡será porque es tu derecho!

Leave a Reply

*

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies