Cómo actuar en caso de incumplimiento de contrato de compraventa
A la hora de comprar una vivienda, no siempre salen las cosas como uno espera, y por eso es necesario estar preparado para situaciones en las que una de las partes incumpla lo pactado en el contrato de compraventa de una casa. Como especialistas en resolver conflictos por retrasos en la entrega de la vivienda y en la ley 57/1968, creemos que es importante saber que, aunque en un contrato ambas partes se comprometen legalmente a cumplir las condiciones descritas en el mismo, pueden presentarse algunos incumplimientos que afectan a uno de los involucrados. ¿Cómo actuar en estos casos? Lo idóneo es tener claro qué pasos seguir en caso de no llegar a lo acordado.
Qué hacer si hay un incumplimiento del contrato de compraventa
Lo primero, es saber que existen unas cláusulas de incumplimiento, que son aquellos acuerdos que se establecen con el fin de que ambas partes sepan cómo proceder si una de ellas incumple el contrato. ¿Cuáles son las más comunes?
- Incumplimiento en el pago: una cláusula puede incluir que, si el pago no llega a efectuarse según lo acordado, se lleve a cabo una renegociación (una vez aceptada por ambas partes), o que se cancele el contrato sin intervención judicial o responsabilidades, restituyendo las prestaciones realizadas según lo dictaminado en el contrato, por ejemplo.
- Incumplimiento en la entrega de la vivienda: si el vendedor no entrega la vivienda en el plazo establecido, es decir, se produce un retraso en la entrega de la vivienda, hay dos tipos de cláusulas para ello. Por un lado, establecer una nueva fecha si el vendedor acredita que ha sido por un caso de fuerza mayor o fortuito. Por otro lado, si no se acredita un motivo, se considera como incumplimiento del contrato y el vendedor sería acreedor a una pena convencional.
- Disconformidad con las características de la vivienda: si hay defectos o diferencias en el inmueble, que no están descritas en el contrato, en el anexo de especificaciones técnicas, es posible notificarlo al vendedor de forma escrita para que lleve a cabo las mejoras necesarias en un plazo de tiempo pactado.
En Lamana Abogados, como expertos en la ley 57/1968, creemos que es fundamental incluir este tipo de cláusulas en el contrato de compraventa de la vivienda, con el objetivo de saber cómo actuar en caso de un incumplimiento del documento.